El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, anunció el envío al Congreso de la Nación de un proyecto de reforma profunda a la Ley General de Sociedades (N° 19.550), norma de fondo sancionada originalmente en 1972 bajo la presidencia de facto de Alejandro Agustín Lanusse.
El objetivo de la iniciativa oficialista radica en desmantelar los controles preventivos del Estado sobre el sector privado, bajo la premisa de jerarquizar el principio de autonomía de la voluntad. "Las normas de la ley pasan a ser supletorias: el estatuto manda", sintetizó el funcionario.
A través de una presentación pública, Sturzenegger argumentó que la reforma busca desplazar un "régimen rígido y anacrónico, construido sobre la desconfianza al sector privado" para sustituirlo por "un marco moderno basado en la autonomía, la libertad y la desregulación", enumerando una serie de modificaciones estructurales inéditas para el derecho societario local.
Objeto social abierto y prórroga de jurisdicción al extranjero
El proyecto de ley modifica reglamentación tradicional de las empresas comerciales, modificando las exigencias de constitución y resolución de conflictos bajo los siguientes ejes clave:
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Fin del objeto social preciso y determinado: Se eliminan de forma taxativa las restricciones sobre el objeto de las compañías. Una misma sociedad quedará habilitada para desarrollar múltiples actividades simultáneas sin que exista vinculación o conexidad comercial entre ellas. De igual modo, si los socios omiten especificar una actividad concreta en el contrato, la ley determinará automáticamente que la firma está facultada para realizar “cualquier actividad lícita”.
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Tribunales y leyes extranjeras para disputas locales: La reforma autoriza expresamente a las sociedades constituidas en el país a pactar el diferimiento de sus conflictos internos bajo legislación extranjera o mediante tribunales de arbitraje privado, puenteando la intervención de la Justicia ordinaria argentina. Al respecto, Sturzenegger trazó un paralelismo con el ordenamiento jurídico de los Emiratos Árabes Unidos: “En Dubái las relaciones societarias se dirimen según la ley societaria que los socios eligen. Lo mismo ocurrirá ahora en Argentina”.
Digitalización: "Sociedades Automatizadas" e irrupción de las DAO
Además de consagrar la despapelización total del sistema —incorporando de forma obligatoria el domicilio electrónico, registros digitales, asambleas virtuales por streaming y legajos empresariales 100% electrónicos—, el proyecto introduce dos figuras jurídicas disruptivas orientadas a la economía del conocimiento:
1. Sociedades Automatizadas (IA)
Se reconocerá formalmente la personería jurídica y el beneficio de la responsabilidad limitada a empresas diseñadas para operar sin empleados humanos en su estructura de funcionamiento cotidiano. El andamiaje administrativo, comercial, contable y financiero de estas firmas podrá ser delegado en su totalidad a sistemas automatizados, algoritmos e Inteligencia Artificial (IA).
2. Organizaciones Autónomas Descentralizadas (DAO)
El texto integra al derecho positivo a las DAO, estructuras nativas del ecosistema cripto y la tecnología blockchain. En este modelo, las reglas de gobernanza institucional quedan programadas de manera inalterable en contratos inteligentes (smart contracts) y las cuotas de participación de los socios se representan y liquidan mediante tokens digitales, prescindiendo de los órganos tradicionales de conducción como los directorios, sindicaturas o gerencias.
Burocracia cero para reorganizaciones de grupos económicos
En términos de ingeniería financiera y corporativa cotidiana, el proyecto incorpora herramientas modernas de financiamiento y simplificación de trámites:
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Instrumentos convertibles: Flexibilización para emitir títulos de deuda o acciones preferidas convertibles en capital social.
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Mandatos indefinidos: Se habilita la designación de directores y administradores por tiempo indeterminado, eliminando la obligación de renovar autoridades de forma periódica si el estatuto así lo dispone.
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Fusiones simplificadas: Se autoriza la absorción directa e inmediata de sociedades subsidiarias controladas al 100% por una casa matriz, suprimiendo la duplicación de procesos asamblearios y aprobaciones cruzadas. "Burocracia cero para los grupos societarios", enfatizó el ministro.
El Poder Ejecutivo concluyó la presentación encuadrando la reforma como un paso definitivo hacia la inserción de las corporaciones locales en los mercados globales de capitales. "Menos controles arbitrarios de los burócratas, menos costos de transacción y más libertad para competir en el mundo. Argentina adapta su derecho societario a la economía del siglo XXI y le dice al mundo: vengan a invertir acá”, remató el titular de la cartera de Desregulación.