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El Gobierno va contra la Ley de Financiamiento Universitario con un recurso ante la Corte Suprema

El Gobierno nacional apeló ante la Corte Suprema para suspender la Ley de Financiamiento Universitario, argumentando que la norma no especifica el origen de los fondos para su cumplimiento.

Viernes, 17 de abril de 2026 a las 17 14

Por Redacción

Viernes, 17 de abril de 2026 a las 17:14

La disputa por el financiamiento de la educación superior llegó este viernes a su máxima instancia judicial. El Gobierno nacional presentó un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia solicitando la suspensión de la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario. La medida busca revertir un fallo adverso de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal que, a finales de marzo, ordenó al Estado cumplir de forma inmediata con la recomposición salarial y de becas prevista en la norma.

Desde la Casa Rosada insisten en que la ley padece de una "falta de precisión" técnica insalvable. Fuentes oficiales sostienen que la legislación no especifica de qué partidas presupuestarias deben extraerse los fondos ni define las fuentes de financiamiento concretas, lo que —según la visión del Ejecutivo— pone en riesgo la meta de equilibrio fiscal para el ejercicio 2026.

El laberinto legal: Veto, insistencia y suspensión

El conflicto tiene una larga historia administrativa que comenzó en 2025, cuando el presidente Javier Milei vetó la ley tras su aprobación en el Congreso. Luego de que el Poder Legislativo insistiera con su sanción, el Ejecutivo promulgó la norma mediante el Decreto 759/2025 (precedido por el análisis en el Decreto 647/2025), pero introdujo una cláusula de suspensión.

El argumento central del Gobierno se basa en el artículo 5 de la Ley 24.629, una norma de la década del 90 que establece que toda ley que demande gastos no previstos en el presupuesto debe quedar suspendida hasta que se incorporen las partidas correspondientes. Sin embargo, este razonamiento fue rechazado el pasado 31 de marzo por la Sala III de la Cámara Federal, que dictaminó que:

  • No se puede suspender una ley posterior apoyándose en una anterior de igual jerarquía.

  • La falta de ejecución genera un "deterioro concreto" en el sistema universitario.

  • El costo de la ley (estimado en un 0,23% del PBI) no justifica el incumplimiento de una obligación legal con carácter alimentario, como son los salarios docentes.

Estrategia oficial: "Ganar tiempo" y pagos mensuales

En los pasillos de Balcarce 50 reconocen que el recurso ante la Corte Suprema funciona como una herramienta para dilatar el desembolso único y masivo que exige la ley. La intención de la "mesa chica" presidencial es evitar un giro total de fondos en un solo movimiento y, en cambio, aplicar una adecuación mensual de las partidas de acá a fin de año.

Bajo esta lógica, el Gobierno planea:

  1. Incorporar la adecuación al Presupuesto 2026: Ejecutar los fondos de manera progresiva.

  2. Impulsar una nueva ley: Volver a discutir en el Congreso una normativa con un "costo fiscal menor" que modifique la actual Ley 27.795.

  3. Cumplir con lo mínimo: Garantizar las erogaciones mensuales operativas para evitar el cierre de facultades, pero sin aplicar el retroactivo pleno que reclaman los gremios y las universidades como la UBA.

La Corte, árbitro de la tensión política

Con esta presentación, el máximo tribunal del país queda en el centro de los dos conflictos de mayor "voltaje político" para el Gobierno. En paralelo al frente universitario, la Corte también debe resolver el per saltum solicitado por la Procuración del Tesoro para reactivar la reforma laboral, actualmente frenada por la Justicia del Trabajo.

Mientras los rectores y el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) advierten que el potencial académico "se irá apagando" sin respuestas urgentes, el sector universitario prevé que la implementación de las mejoras salariales sufrirá nuevas demoras debido a este nuevo capítulo judicial. La incertidumbre se mantiene sobre los artículos 5 y 6 de la ley, referidos a la actualización según el IPC de los salarios de docentes y no docentes, y a la recomposición de las becas estudiantiles.

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