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¿Se viene la Ley Conan? proponen agravar las penas por maltrato animal

Un diputado presentó un proyecto para introducir cambios en la Ley 14.346 sobre maltrato animal, en el cual propone agravar penas para el abandono, maltrato y crueldad animal.

Sabado, 20 de enero de 2024 a las 11 54,

Por Matías Danura

Sabado, 20 de enero de 2024 a las 11 54,

Este viernes, el Congreso de la Nación recibió un proyecto de Ley que busca agravar las penas para los casos de abandono, maltrato y crueldad animal. Como referencia a la fallecida mascota del presidente de la Nación, Javier Milei, la presentación fue bautizada como "Ley Conan" y tiene como objetivo introducir una serie de modificaciones sobre la Ley 14.346.

El proyecto, que fue presentado este viernes por el legislador Damián Arabia, perteneciente al bloque del Pro en la Cámara de Diputados, prevé penas por maltrato para aquellas personas que dejen a un animal que esté bajo su responsabilidad "en una situación de abandono, exponiéndole a condiciones de desamparo, falta de higiene, carencia alimentaria o evidentes problemas de salud".

La iniciativa, propone penas que van de tres meses a seis años de prisión y multas económicas, ampliando así las vigentes en la ley actual, las cuales solo prevé condenas de quince días a un año prisión por maltrato animal.

Además, contempla una multa de 10 a 30 veces el valor del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM), para quienes infrinjan malos tratos o hiciera víctima de actos de crueldad a los animales.

Los cambios que contempla la "Ley Conan"

El diputado Arabia, propone en su proyecto reprimir con prisión de tres meses a seis años, más una multa económica de cinco a veinte veces el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM) a quien infringiere malos tratos a los animales. Además, serán considerados como maltrato una serie de puntos entre los que se destacan "no alimentar en cantidad y calidad suficiente" al animal, la tracción a sangre y no proporcionar atención médica y/o veterinaria adecuada.

Así mismo, Plantea la modificación del articulo 3 de la normativa vigente, y propone reprimir con prisión de seis meses a cinco años, más una multa económica de diez a treinta veces el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM) a quien infringiere actos de crueldad a los animales. En este caso, platea ampliar los actos de crueldad animal a la mutilación de cualquier parte del cuerpo y la intervención quirúrgica sin anestesia, entre otras.

Por otro lado, proyecta ampliar entre uno y cinco años de prisión más una multa de entre cincuenta y cien veces el Salario Mínimo Vital y Móvil a quienes provoquen provoquen en el animal una debilitación permanente. En este punto, contempla también abusos sexuales con acceso carnal o empalamiento, torturas y sufrimiento innecesario. 

En tanto, propone aumentar entre dos y seis los años de prisión para quien cause la muerte del animal a causa de malos tratos y plantea también una multa de entre cien y doscientas veces el valor del Salario Mínimo Vital y Móvil. 

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