El oficialismo logró el quórum en el Senado y ya se debate una versión acotada del proyecto de propiedad privada, que tendrá como eje central una reforma que contempla los desalojos "exprés” de campos, viviendas y terrenos que fueron usurpados. La sesión inició a las 14:25.
La iniciativa incluye cambios en la ley del Manejo de Fuego, limita las expropiaciones y reforma la ley para regularizar. La Cámara alta reanuda la sesión que se había suspendido el pasado 16 de julio debido a las diferencias que había sobre el ahora eliminado capítulo sobre extranjerización de tierras.
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Sucede que el Gobierno debió eliminar el punto central del proyecto impulsado por el oficialismo luego del rechazo de los gobernadores a acompañar la flexibilización de las normas para que los empresarios extranjeros puedan comprar tierras rurales, aunque se haya puesto un tope del 25% a las tierras que podían ser vendidas a extranjeros.
El bloque oficialista, que preside Patricia Bullrich, ya había tenido que eliminar el capítulo de reforma de la ley de barrios populares, ante el temor que podían suceder el desalojo de centenares de viviendas, y ante la fuerte crítica de la Iglesia.
Ahora, el dictamen que se tratará en el recinto de sesiones contemplará sustanciales modificaciones al Código Civil y Comercial para acelerar los desalojos de todos los terrenos, campos, o viviendas que hayan sido intrusadas, expropiaciones, regularización de terrenos, y manejo del fuego.
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Ley del Manejo del Fuego
Se deroga el artículo que establecía que, en caso de incendio de un predio rural, por 30 años no se podía cambiar el uso sobre superficies incendiadas en zonas agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales y áreas periurbanas.
En el caso de incendios de bosques nativos, se prohíbe el cambio de uso y destino prevista en la actuales normas, pero se elimina el plazo de 60 años establecidos en la ley promovida por Máximo Kirchner.
Desalojos
Se aplicará un desalojo exprés solo en los casos en que se trate de inmuebles usurpados o tenedores precarios, donde el juez podrá disponer la inmediata entrega del inmueble si “el derecho invocado fuese verosímil y previa caución juratoria”.
El juez podrá intimar dentro de las 72 horas la devolución del inmueble si así lo pide el propietario, que deberá mostrar con prueba documental que es el dueño de este terreno, vivienda o campo.
En el caso de los deudores morosos, tendrán mas plazos ya que los inquilinos que adeudan el pago de sus contratos deberán recibir de parte del propietario una carta documento y otorgar un plazo de al menos 10 días corridos para ponerse al día, que se contarán desde que reciben la respectiva notificación.
Expropiaciones
La declaración de utilidad pública se deberá aplicar de manera restrictiva declaración de “utilidad pública” deberá interpretarse de manera restrictiva y el Estado deberá fundamentar los motivos claramente de esa medida.
El dictamen estableció que habrá tope del 30% de indemnización por lucro cesante, ya que, en el proyecto original no ponía ningún porcentaje. La tasa de interés que se deberá pagar será la del Índice de precios al Consumidor mas la tasa del Banco Nación a treinta días.