Santa Fe promulgó su nuevo Código Electoral: los principales cambios para las próximas elecciones

El gobernador Maximiliano Pullaro oficializó la reforma mediante el Decreto N.º 1844. Se mantienen las PASO, pero cambian los pisos para competir y acceder a bancas, la Boleta Única, las condiciones para ser candidato y la estructura de la Justicia Electoral.

Jueves, 10 de septiembre de 2026 a las 11 26

Por Redacción

Jueves, 10 de septiembre de 2026 a las 11:26


Santa Fe puso en vigencia su nuevo Código Electoral y de Partidos Políticos, que comenzará a marcar las reglas de los próximos comicios provinciales y municipales. La normativa fue promulgada por Maximiliano Pullaro mediante el Decreto N.º 1844, después de que la Legislatura le diera sanción definitiva el 27 de agosto, y reúne en 297 artículos disposiciones que hasta ahora estaban distribuidas en distintas leyes.

Uno de los puntos centrales es la continuidad de las PASO, aunque con nuevos requisitos. Para llegar a las elecciones generales, cada agrupación deberá obtener al menos el 1% del padrón correspondiente a la categoría. En gobernador, diputados provinciales y concejales se exigirá además que al menos una lista interna alcance individualmente el 0,6%. Para participar del reparto de bancas de diputados y concejales en las generales, el piso será del 4% del padrón y luego se aplicará el sistema D’Hondt.

También habrá modificaciones en la Boleta Única de Papel. En las PASO continuará existiendo una boleta por categoría, mientras que en las generales se agruparán cargos: gobernador y vice junto con diputados provinciales; senador provincial por separado; e intendente con concejales o vocales, según corresponda. Las boletas provincial y municipal incorporarán además la opción “VOTO LISTA COMPLETA”, que permitirá seleccionar con una sola marca todas las categorías de una misma fuerza incluidas en ese tramo.

Otra novedad será la posibilidad de que un mismo precandidato a gobernador compita con hasta tres candidatos distintos a vicegobernador dentro de una agrupación. Cada fórmula será independiente y sus votos no podrán sumarse entre sí. A su vez, una persona no podrá presentarse como candidata a vice en más de una fórmula.

El Código incorpora además nuevas restricciones para acceder a candidaturas. Quedarán alcanzadas, entre otros casos, personas condenadas por delitos contra el orden constitucional y democrático, determinados delitos dolosos o tributarios, deudores alimentarios morosos y quienes mantengan deudas exigibles con el Estado bajo las condiciones fijadas por la normativa. Para las condenas penales contempladas, la inhabilitación podrá operar cuando exista doble conforme, sin esperar el agotamiento de todas las instancias extraordinarias.

La reforma también redefine la veda electoral y el funcionamiento de la Justicia Electoral. La campaña y la propaganda quedarán prohibidas desde 48 horas antes de los comicios, incluida la publicidad política paga en redes sociales y plataformas digitales. Además, durante los 15 días previos no podrán realizarse inauguraciones de obras públicas ni promocionarse o lanzarse planes o beneficios colectivos que puedan influir sobre el electorado.

En materia institucional, el Juez Electoral Provincial tendrá a su cargo cuestiones como padrones, alianzas, oficialización de listas y boletas, fiscalización, escrutinio definitivo y proclamación de autoridades. La Secretaría Electoral quedará principalmente enfocada en la organización logística y el escrutinio provisorio. El Código también establece nuevas reglas para distribuir cargos en las comisiones municipales y adapta el sistema electoral a los cambios introducidos por la reforma de la Constitución provincial de 2025.

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