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Un juez de Catamarca ordenó mediante una cautelar restablecer todas las pensiones por discapacidad

En medio de múltiples reclamos por parte de los afectados, el Juzgado Federal de Catamarca, a cargo de Guillermo Díaz Martínez a la ANDIS, restablecer las pensiones que fueron dadas de baja. 

Viernes, 17 de octubre de 2025 a las 22 36

Por Redacción

Viernes, 17 de octubre de 2025 a las 22:36

El Juzgado Federal N° 2 de Catamarca, a cargo del juez Guillermo Díaz Martínez, dictó una medida cautelar de alcance nacional que obliga a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) a restituir la totalidad de las pensiones no contributivas por invalidez laboral suspendidas en todo el país.

La orden judicial establece un plazo perentorio de 24 horas para que la ANDIS restablezca los beneficios y pague los haberes retenidos. Además, prohíbe a la agencia aplicar nuevas suspensiones o continuar con las auditorías basadas en el cuestionado Decreto 843/2024, hasta que se emita una sentencia definitiva.

El fallo surge de una acción de amparo colectivo iniciada por el Defensor del Pueblo de Catamarca, con el respaldo de asociaciones de personas con discapacidad. Si bien inicialmente la cautelar solo regía en la provincia, esta nueva resolución extiende sus efectos a todo el territorio argentino.

Vulneración de Derechos Colectivos

El juez Díaz Martínez argumentó que las suspensiones dispuestas por la ANDIS, en base al Decreto 843/2024 del Poder Ejecutivo Nacional, vulneraron derechos de incidencia colectiva. El magistrado citó la doctrina del caso "Halabi" de la Corte Suprema, señalando que la suspensión masiva constituye un "hecho único o continuado" que genera una lesión homogénea en todos los beneficiarios.

Esta decisión se suma a una serie de fallos judiciales en distintas jurisdicciones (como Formosa, Misiones y Río Negro) que ya habían ordenado la restitución y el reintegro de haberes, incluso aplicando multas diarias por demoras. Sin embargo, la resolución de Catamarca es la primera en obtener una proyección nacional para el colectivo.

El Decreto Cuestionado y el Caos de las Notificaciones

El amparo apunta a la inconstitucionalidad del Decreto 843/2024, norma que elevó al 66% el umbral requerido de "disminución de la capacidad laborativa" y amplió las causales de suspensión.

Las organizaciones denunciaron que el proceso de auditoría de la ANDIS se realizó sin criterios claros ni accesibilidad para las personas con discapacidad, lo que impidió a los afectados ejercer su derecho de defensa. Un dato crucial que se citó en la causa es que, de las casi un millón de notificaciones enviadas, más de la mitad (504.802) no pudieron ser entregadas por fallas logísticas o formales.

Con esta decisión, que designa además a la Asociación de Personas y Familiares de Discapacitados Motores (A.P.Y.Fa.Di.M.) y a la Asociación Azul como representantes del colectivo, el juez catamarqueño consolida la vía judicial como el freno definitivo a la política de recortes de la ANDIS.

Cabe destacar que el Gobierno incumple la ley de Emergencia en Discapacidad, ya que luego de la caída de los vetos en el Congreso nacional, el Ejecutivo promulgó la ley pero argumentó que no cuenta con los recursos para cumplirla. 

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