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El Gobierno convirtió la Casa de Moneda en una Sociedad Anónima Unipersonal

La administración que preside Javier Milei avanza en la reestructuración del organismo encargado de la impresión de billetes y acuñación de monedas de curso legal.

Miércoles, 30 de abril de 2025 a las 09 27

Por Thomas Dos Reis

Miércoles, 30 de abril de 2025 a las 09:27

La Casa de Moneda fue convertida por el Gobierno en una Sociedad Anónima Unipersonal (S.A.U.). La empresa encargada de la impresión de billetes y acuñación de monedas de curso legal había sido intervenida a finales de octubre de 2024.

La medida quedó plasmada en el Decreto 295/2025, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, a la vez que se ratificó al interventor: Pedro Daniel Cavagnaro.

La decisión de convertirla en S.A.U consolida un proceso iniciado en diciembre pasado con la Asamblea General Extraordinaria que aprobó la transformación “ad referendum” del Poder Ejecutivo y define el nuevo estatuto jurídico de una de las instituciones más emblemáticas del Estado argentino.

El documento lleva las firmas del presidente, Javier Milei, y del ministro de Economía, Luis Caputo, y se enmarca en el esquema de reforma del sector público delineado en el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023, que declaró la emergencia pública en múltiples áreas hasta fin de año. En ese contexto, el artículo 51 de la norma habilitó una transición de 180 días para convertir las empresas estatales en sociedades regidas por la Ley General de Sociedades.

 

Los detalles de la conversión de la Casa de Moneda en Sociedad Anónima Unipersonal

Según se desprende del propio decreto, la conversión tiene como finalidad “optimizar la eficacia y la eficiencia” de la gestión, mediante un cambio en la estructura jurídica que permita mayor flexibilidad operativa. El estatuto ratificado por el Gobierno fija una duración de 99 años para la sociedad, contados desde su fundación en 1977, y mantiene su sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Destacó que “en virtud de ello, a los efectos de dar cumplimiento con el marco normativo mencionado y con el fin de definir la conducción de la Sociedad del Estado “Casa de Moneda” y contribuir a optimizar la eficacia y la eficiencia de las acciones que cumple, por el artículo 1° del Decreto N° 964/24 se dispuso la intervención de la aludida sociedad por el plazo de 180 días corridos, a partir del 1° de noviembre de 2024, y a través de su artículo 2° se designó a partir de esa fecha a Cavagnaro".

El documento planteó además que “en cumplimiento de dicho mandato, el 20 de diciembre de 2024 se celebró la asamblea general extraordinaria de Casa de Moneda a través de la cual se dispuso su transformación en casa de moneda sociedad anónima unipersonal y se aprobó su nuevo estatuto social, ‘ad referendum’ del Poder Ejecutivo Nacional” y que “resulta necesario” la ratificación de las medidas.

Asimismo, se aclaró que queda por “completar el proceso de adecuación de la referida sociedad, particularmente en lo que respecta a su objeto social, con el fin de reflejar de manera precisa y adecuada las actividades que actualmente desarrolla".

"Conforme surge del informe de situación de la mentada sociedad elaborado por su Interventor, en el marco de las facultades otorgadas por el Decreto N° 964/24, dicha entidad estructuró su actividad mediante CINCO (5) unidades de negocios, a saber: (1) la fabricación de dinero circulante, actividad principal que originó la creación de la sociedad; (2) la producción de estampillas fiscales y/o instrumentos fiscales de control (IFC) y servicio de trazabilidad; (3) la producción de pasaportes; (4) la producción de chapa patente y (5) los servicios de atesoramiento y de destrucción de billetes a favor del Banco Central de la República Argentina", mencionó.

Y destacó que el interventor impulsó “diversas acciones tendientes a analizar la estructura organizativa de las unidades de negocio antes referidas, así como a relevar el alcance de sus operaciones y la situación particular de cada una de ellas" y que “la complejidad del proceso emprendido torna insuficiente el plazo previsto en el artículo 1° del Decreto N° 964/24″. Ante este escenario, ratificó al interventor por 120 días corridos.

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