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El Gobierno envió al Congreso el proyecto de blanqueo de capitales

Se trata de la iniciativa de "Declaración Voluntaria del Ahorro Argentino no Exteriorizado", que busca incluir a personas, sucesiones indivisas y empresas.

Miércoles, 17 de mayo de 2023 a las 15 26

Por Thomas Dos Reis

Miércoles, 17 de mayo de 2023 a las 15:26

El Gobierno envió este miércoles al Congreso un proyecto de ley de blanqueo denominado “Declaración Voluntaria del Ahorro Argentino no Exteriorizado”, que comprenderá a personas humanas, sucesiones indivisas y empresas.

Los bienes comprendidos en la iniciativa serán la tenencia de moneda nacional y/o extranjera en el país y/o en el exterior, activos financieros, bienes inmuebles, bienes muebles y demás bienes en el país y/o en el exterior, incluyendo créditos, detallaron fuentes del Palacio de Hacienda.

Los sujetos alcanzados por la iniciativa serán las personas humanas, sucesiones indivisas y empresas, en conformidad con el artículo 53 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

En los casos en que exista repatriación de los capitales, se aplicarán distintas alícuotas según el tipo de cambio del Banco Nación:

  • 5% desde la entrada en vigencia y hasta 120 días corridos.
  • 10% desde el vencimiento del plazo anterior y hasta 120 días corridos.
  • 20% desde el vencimiento del plazo anterior y hasta 120 días corridos.

Según fuentes oficiales, las alícuotas se incrementan para la exteriorización de los bienes del exterior cuando no exista repatriación.

“Se entenderá por repatriación de bienes cuando el monto ingresado al país en concepto de tenencia en moneda extranjera y los importes generados por los activos financieros representen como mínimo un porcentaje a determinar por la reglamentación del valor total de los bienes en el exterior que se declaren; el que no podrá ser inferior al 10%”, anticiparon.

Por otro lado, se establecerá un régimen simplificado con una alícuota especial del 1,5% aplicable a personas humanas que exterioricen tenencia de moneda nacional y/o extranjera y el monto no supere el 35% de los ingresos anuales promedio de los últimos 3 períodos fiscales y con un tope de hasta 50 mil dólares.

“Para acceder al régimen simplificado, la declaración voluntaria de la tenencia de moneda nacional o de moneda extranjera requerirá la confección de una declaración jurada meramente informativa que dé cuenta del monto exteriorizado”, explicaron desde el Ministerio de Economía.

“Quedan excluidos únicamente del Régimen Simplificado aquellos contribuyentes alcanzados por el Aporte Solidario (se excluyen contribuyentes de alta capacidad contributiva)”, aclararon.

BENEFICIOS DEL BLANQUEO DE CAPITALES

El proyecto de ley establece que las personas que participen del blanqueo de capitales podrán acceder a los siguientes beneficios:

  • Los bienes declarados no se considerarán como incrementos patrimoniales no justificados.
  • Los sujetos quedan liberados de toda acción civil, comercial, penal tributaria, penal cambiario, penal aduanero e infracciones administrativas que pudieran corresponder por los bienes declarados.
  • También quedan exentos de los siguientes impuestos que hubieran omitido declarar: Impuesto a las Ganancias, Impuestos Internos y al Valor Agregado, Impuestos Sobre los Bienes Personales y de la contribución especial de cooperativas.

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