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El Gobierno reglamentó el acceso a la ciudadanía argentina para quienes hagan grandes inversiones en el país

La medida fue oficializada este jueves a través del Decreto 524/2025 publicado en el Boletín Oficial.

Jueves, 31 de julio de 2025 a las 10 47

Por Sofía Garcea

Jueves, 31 de julio de 2025 a las 10:47

El gobierno de Javier Milei oficializó este jueves, a través del Decreto 524/2025 publicado en el Boletín Oficial, los pasos a seguir de aquellos extranjeros que hayan realizado una inversión relevante en el país y busquen obtener la ciudadanía argentina.

La nueva disposición alcanza a todos los extranjeros interesados en acceder a la nacionalidad bajo este nuevo régimen, sin importar el tiempo de residencia que acrediten y fue firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Economía, Luis Caputo.

De esta manera, se podrá solicitar la ciudadanía argentina ante la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión, siempre y cuando, el solicitante haya realizado una inversión importante, según criterios del Ministerio de Economía. La agencia estará encargada de recibir las solicitudes, evaluar si la inversión cumple con los requisitos y coordinar la intervención de otros organismos estatales.

El procedimiento para obtener la ciudadanía por "grandes inversiones"

Según el Decreto, el procedimiento inicia cuando la persona interesada presenta la solicitud ante la Agencia, que analizará si la inversión califica como relevante. En caso de que la evaluación sea positiva, se solicitarán informes a organismos como el Ministerio de Seguridad Nacional, la Unidad de Información Financiera, el Registro Nacional de Reincidencia, el RENAPER y la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE), entre otros para que indiquen si el otorgamiento de la ciudadanía podría representar un riesgo para la seguridad nacional o los intereses del Estado.

Finalizada esta primera etapa, se elevará un informe a la Dirección Nacional de Migraciones, donde se recomendará la aprobación o el rechazo de la solicitud -en caso de que la inversión no califique como significativa o si alguno de los organismos consultados desaconseja el otorgamiento-.

“En todos los casos en los que la inversión no califique como relevante o las áreas a las cuales se les hubiere solicitado información recomienden no otorgar la ciudadanía, en el informe que se eleve a la Dirección Nacional de Migraciones se hará constar dicha circunstancia y se propondrá el rechazo de la solicitud”, señaló el documento publicado.

Por su parte, la Dirección Nacional de Migraciones deberá analizar el informe y resolver, mediante un acto fundado, si otorga o rechaza la ciudadanía. en un plazo máximo de 30 días. También, el decreto encomienda a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) la adecuación de los sistemas para permitir la tramitación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) a quienes obtengan la ciudadanía por esta vía.

La medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 2 de la Constitución Nacional y busca, según el documento, “asegurar una mayor eficiencia en el procedimiento y fomentar las inversiones y la creación de empleo”.

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