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Blanqueo: La AFIP habilitará el pago de un impuesto en dólares desde el exterior

Los contribuyentes podrán abonar el pago adelantado obligatorio del 75% del Régimen de Regularización de Activos desde el exterior en dólares.

Lunes, 16 de septiembre de 2024 a las 18 05,

Por Sofía Garcea

Lunes, 16 de septiembre de 2024 a las 18 05,

Mediante la Resolución General N°5567/2024 que se publicará en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitará el pago adelantado obligatorio del 75% del Régimen de Regularización de Activos -conocido como "blanqueo"- a través de una transferencia bancaria internacional en dólares.

Según informó la agencia de recaudación, el pago “deberá ordenarse antes del 30 de septiembre en el caso de la primera etapa ya que esa es la fecha límite. 

“Debe recordarse que es posible exteriorizar en etapas, con lo cual la última transferencia define la alícuota del impuesto a ingresar (5%, 10% o 15% según el caso)”, informó AFIP.

El interesado "deberá cancelar el saldo restante del impuesto especial y, de ser necesario, ingresar el saldo pendiente del pago adelantado incrementado en un 100%, con el mismo criterio, es decir ordenando la transferencia antes de la fecha de vencimiento correspondiente”.

​​​​​​Pasos para realizar el pago desde el exterior

AFIP anunció que los gastos y comisiones de las transferencias corren por cuenta del contribuyente y que las operaciones "relacionadas con el VEP se regirán por el horario de Argentina”

Paso 1. El contribuyente debe comunicarse con la entidad bancaria en el país.

Paso 2. Generar la Orden de Transferencia donde debe constar:

  • Moneda: Dólares estadounidenses.
  • Beneficiario: AFIP, con la leyenda “RRA27743” más el CUIT, CUIL o CDI del interesado en el campo 70 del mensaje Swift MT 103.
  • Cuenta destinataria: Especificar el importe a cancelar y los gastos.

Paso 3. Generar el VEP desde el Portal del Régimen de Regularización de Activos, seleccionar la opción de Transferencia Bancaria Internacional e identificar el banco receptor.

Paso 4.Proporcionar los datos del VEP, como número de CUIT, CUIL o CDI, y asegurar que se cancele antes del vencimiento.

Paso 5. El contribuyente deberá confirmar la acreditación de los fondos en la entidad bancaria argentina.

Paso 6. El banco tendrá un plazo de 24 horas desde la generación del VEP para concretar el pago.

Paso 7. El contribuyente deberá verificar que el VEP ha sido pagado a través del Portal del Régimen de Regularización de Activos.

Cambios en el Blanqueo: AFIP aclaró que no va a investigar a los monotributistas que adhieran al régimen de regularización

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicará esta semana en el Boletín Oficial las condiciones y procedimientos para que los monotributistas puedan acreditar la titularidad de inmuebles en el marco del “Régimen de Regularización de Activos”, más conocido como “blanqueo”.

Mediante un decreto próximo a publicarse, el organismo reglamentó ciertos aspectos para monotributistas, regularización de obras sobre inmuebles, bienes de cambio y otros y aclaró que "los activos declarados por monotributistas no serán tomados en cuenta como antecedentes para su exclusión o recategorización en períodos anteriores a la declaración".

La AFIP realizó esta aclaración a partir de consultas realizadas por profesionales y contadores que tenían dudas sobre las implicancias que podían tener para los monotributistas esta declaración de bienes. Los cambios serán publicados esta semana en el Boletín Oficial.

Con esta medida -que surge el mismo día en que el organismo eliminó la obligación de informar telegramas laborales- se busca evitar que la AFIP investigue para atrás, por ejemplo, el origen de los fondos declarados en la suposición de que se trata dinero de impuestos que no se pagaron.

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