Los combustibles volvieron a aumentar en la madrugada de este martes. A primeras horas de este día, las petroleras incrementaron el precio de los combustibles, un 3% en promedio. Se trata de la quinta suba en el mes de septiembre, pero ya no lo notifican debido a una decisión del Gobierno Nacional. Esto se da en un contexto de recesión total, donde la caída del poder adquisitivo ya se siente en la merma de consumo en los supermercados.
El aumento sin aviso responde a una disposición del gobierno nacional, que en el mes junio de este año derogó la obligación que tenían las empresas de informar sobre los aumentos o disminuciones en los valores de los combustibles.
Te puede interesar
En consecuencia, un mercado que solía ser transparente en cuanto a la evolución de sus precios ahora carece de esa visibilidad.
La nafta premium en Shell en agosto, hace menos de un mes, estaba $1.715, a día de hoy está $1.782. El 6 de septiembre la nafta subió a $1.729, un día después a los $1.738 y el pasado 13 de septiembre $ 1.752
Te puede interesar
La nafta, cada vez más cara
Los incrementos se vienen dando de manera sucesiva: el 31 de agosto, la nafta premium se encontraba en $1.715; el 6 de septiembre subió a $1.729; al día siguiente, 7 de septiembre, alcanzó los $1.738; y el 13 de septiembre llegó a $1.752. Con la actualización del 22 de septiembre, el combustible se mantiene en alza.
El último incremento se oficializó el 29 de agosto. De acuerdo con el documento oficial, los aumentos imponibles deberán perfeccionarse entre el 1° y el 30 de septiembre. En línea con esto, se determinó que el impuesto sobre los combustibles líquidos aplicados a la nafta sin plomo y la nafta virgen sea de $10.523.
Te puede interesar
En el caso de los valores que afectarán al gasoil, se anunció que serán $8.577 correspondientes al incremento por monto fijo actualizado y que se sumarán otros $4.644 de la suba por monto fijo actualizado del gravamen-tratamiento diferencial.
El anuncio de los nuevos aumentos se dio en el marco de aplicación de la Ley 23.966, que establece que la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil deben ajustarse trimestralmente según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el INDEC.
El sistema creado por el Decreto 501/2018 determinó que las actualizaciones previstas para los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año, con efecto para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del primer día del segundo mes posterior a la actualización.
Sin embargo, sucesivos decretos postergaron la entrada en vigor de los incrementos resultantes de estas actualizaciones, lo que derivó en que se fijaran cronogramas de diferimiento específicos para cada periodo e impuesto.