El Gobierno apelará el fallo judicial que ordena aplicar de inmediato la Ley de Financiamiento Universitario

El Gobierno apelará el fallo del juez federal Martín Cormick que le ordenó aplicar de manera inmediata la Ley de Financiamiento Universitario. 

Martes, 06 de octubre de 2026 a las 17 15

Por Redacción

Martes, 06 de octubre de 2026 a las 17:15


Martín Cormick, quien falló a favor del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), las universidades nacionales, los gremios docentes y la Universidad de Buenos Aires (UBA) en el marco de una acción de amparo colectivo. El magistrado declaró inconstitucional el uso del Decreto 759/2025 para condicionar la vigencia de la Ley de Financiamiento Universitario (N° 27.795).

El fallo cuestionó la estrategia del Gobierno de promulgar la norma "sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 24.629", calificándola como un mecanismo extraconstitucional de veto parcial no contemplado en la Constitución Nacional, sobre todo considerando que el Congreso había ratificado la ley con mayoría de dos tercios tras el veto presidencial original.

Claves de la resolución judicial y la intimación al Ejecutivo

En la sentencia de fondo, el juez Cormick intimó al Poder Ejecutivo a dar cumplimiento inmediato a la ley mediante el dictado de las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias. Los puntos centrales del fallo establecen:

  • Inmediatez en la ejecución: Exige garantizar de forma urgente los fondos destinados a salarios docentes y no docentes, gastos de funcionamiento y becas estudiantiles.

  • Recomposición salarial: Según estimaciones del sistema universitario, el cumplimiento efectivo de la norma implica una recomposición de haberes cercana al 33%.

  • Reasignación de partidas: El magistrado remarcó que el artículo 9° de la propia ley universitaria otorga herramientas y pautas suficientes para que el Ejecutivo reasigne créditos presupuestarios sin suspender la norma.

  • Respaldos previos: La decisión ratifica la medida cautelar que obligaba a actualizar salarios y becas, la cual ya había sido confirmada por la Cámara Contencioso Administrativo Federal y dejada firme por la Corte Suprema de Justicia.

El recorrido del conflicto

El derrotero legislativo y judicial de la Ley de Financiamiento Universitario (N° 27.795) comenzó con su sanción original en el Congreso el 22 de agosto del año anterior. Tras ser vetada por el Presidente, la iniciativa volvió a tratarse en ambas cámaras, donde fue ratificada por dos tercios de los votos.

En respuesta, el Poder Ejecutivo emitió el Decreto 759/2025, mediante el cual suspendió la aplicación de la norma hasta que se definieran las fuentes para financiarla dentro del presupuesto general. Ante esta medida, el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires (UBA) presentaron un amparo y pedido de cautelar, logrando que la Justicia fallara a favor de las universidades, una decisión que posteriormente fue ratificada por la Corte Suprema.

Finalmente, la ley tuvo una ejecución parcial: si bien el Gobierno abonó los aumentos salariales correspondientes (21,33% en junio y un 3% adicional en octubre) junto con las becas Manuel Belgrano, mantuvo congelados los gastos de funcionamiento (que contemplaban un incremento del 20%) y no transfirió la partida extra de $50.000 millones destinada a los hospitales universitarios.

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