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Tribunal de Mar del Plata otorgó libertad condicional a uno de los femicidas de Lucía Pérez

Pese al firme rechazo de la familia y la fiscalía, el tribunal validó el beneficio tras reducir la condena mediante un "estímulo educativo", imponiendo estrictas restricciones de conducta y una prohibición de acercamiento a los allegados de la víctima.

Domingo, 04 de enero de 2026 a las 23 50

Por Redacción

Domingo, 04 de enero de 2026 a las 23:50

El Tribunal Oral en lo Criminal N°2 de Mar del Plata determinó la excarcelación de Juan Pablo Offidani, quien fuera sentenciado en el marco de la investigación por el fallecimiento de la adolescente Lucía Pérez.

Aunque el recluso enfrentaba una condena unificada de 15 años, recuperó su libertad tras permanecer nueve años bajo arresto. Conforme a lo consignado por el diario La Capital de Mar del Plata, el órgano judicial ratificó que el condenado reunía los requisitos legales para acceder al beneficio de la prisión domiciliaria.

La resolución se vio favorecida por la aplicación del “estímulo educativo” solicitado por su defensa, lo que permitió una quita de 13 meses en el cómputo total. Gracias a esta reducción, se dio por acreditado el cumplimiento de las dos terceras partes de la sanción penal.

La decisión, firmada por los magistrados Gustavo Fissore, Alexis Simaz y Roberto Falcone, se hizo efectiva pese al rechazo rotundo expresado por el fiscal Carlos Russo y los familiares de la joven.

Para mantener este beneficio, Offidani deberá acatar una serie de restricciones estrictas para evitar que la medida sea revocada:

  • Establecer su residencia dentro de la provincia de Buenos Aires.

  • Mantenerse en abstinencia de alcohol y narcóticos.

  • Desarrollar una actividad laboral o profesional si no cuenta con recursos propios.

  • No reincidir en actos delictivos.

  • Reportarse ante el Patronato de Liberados correspondiente a su zona.

  • Iniciar un abordaje terapéutico ambulatorio en la Institución Proyecto Vida Digna para tratar sus adicciones y facilitar su reinserción.

  • Prohibición terminante de abandonar el país.

  • Restricción de acercamiento en un radio de 200 metros de los domicilios de la querella y prohibición de cualquier tipo de comunicación con ellos.

El veredicto generó una fuerte reacción en las redes sociales de la Campaña Nacional Somos Lucía, donde el entorno de la víctima manifestó su rechazo. “Largaron a un narcofemicida”, expresaron con amargura.

Por su parte, Marta Montero, madre de Lucía, difundió una pieza audiovisual solicitando la revisión del fallo: “Luego de 9 años del asesinato de Lucía, no tiene justicia”.

 Los hechos

En octubre de 2016, Lucía Pérez, de 16 años, conoció a Matías Farías y a Juan Pablo Offidani frente a la Escuela Media N° 3. Las pericias indican que los hombres se presentaron en un vehículo para comercializar marihuana con ella y una compañera.

Al día siguiente, los acusados recogieron a Lucía en la camioneta de Offidani y la trasladaron a una vivienda en la calle Racedo al 4800. Según la instrucción de la causa, en ese domicilio la joven fue drogada y sometida a abusos que le provocaron la muerte.

Posteriormente, ambos individuos, con la colaboración de Alejandro Maciel, llevaron el cuerpo a un centro asistencial en Playa Serena, donde se constató su fallecimiento. En aquel entonces, la fiscal María Isabel Sánchez describió el hecho en conferencia de prensa como una “agresión sexual infrahumana”.

Evolución judicial del caso

La trayectoria del expediente ha sido compleja. En 2018, Offidani y Farías recibieron 8 años de prisión exclusivamente por venta de estupefacientes, siendo exonerados del cargo de femicidio. No obstante, en 2020 la instancia de Casación invalidó dicho proceso y ordenó un nuevo juicio.

En el segundo debate, realizado en 2023, Farías fue sentenciado a prisión perpetua y Offidani recibió 8 años adicionales como cómplice secundario.

Sin embargo, en febrero de 2025, el escenario legal cambió nuevamente cuando la Justicia desestimó la figura de femicidio. La calificación se modificó a “abuso sexual agravado por el consumo de estupefacientes seguido de muerte”, argumentando que el deceso fue producto de múltiples causas concurrentes, lo que derivó en la revocación de la cadena perpetua para Farías.

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