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La justicia falló a favor del Gobierno y suspendió la cautelar que lo obligaba a cumplir la Ley de Financiamiento Universitario

La medida fue anunciada días después de que las universidades anunciaran la cuarta Marcha Federal contra el Poder Ejecutivo, la cual tendrá lugar el próximo martes 12 de mayo.

Sabado, 25 de abril de 2026 a las 19 00

Por Thomas Dos Reis

Sabado, 25 de abril de 2026 a las 19:00

En medio de varios meses de tensión por la implementación de la Ley de Financiamiento Universitarioaprobada por ambas cámaras en el Congreso, la justicia volvió a fallar a favor del Gobierno de Javier Milei y suspendió -de manera provisoria- la medida cautelar que lo obligaba a cumplir con la ley.

La decisión, adoptada por el juez de primera instancia Martín Cormick, a la espera de que intervenga la Corte Suprema de Justicia de la Nación, se tomó días después de que las universidades anunciaran la cuarta Marcha Federal contra el Poder Ejecutivo, la cual tendrá lugar el próximo martes 12 de mayo.

La resolución alcanza a los artículos 5° y 6° de la Ley de Financiamiento Universitario 27.795, que establecen la recomposición de salarios docentes y nodocentes, así como la actualización de partidas presupuestarias y becas estudiantiles. En la práctica, lo que queda en suspenso es la posibilidad de ejecutar judicialmente el cobro de esas obligaciones por parte del Estado.

La medida responde a un pedido del Poder Ejecutivo, que el pasado 17 de abril presentó un recurso extraordinario federal para llevar el caso al máximo tribunal. Ese planteo se encuentra actualmente bajo análisis de la Cámara Contencioso Administrativo Federal Sala III, que deberá definir si habilita la instancia ante la Corte.

 

El fallo judicial y la respuesta de las universidades

El 31 de marzo pasado, la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal dio curso a la medida cautelar solicitada por las universidades que solicitó la implementación efectiva de los artículos 5 y 6 de la Ley de Financiamiento Universitario. En el primer caso, se propone una actualización de los salarios de los docentes y no docentes de las universidades públicas sujeta a la inflación que existió entre diciembre de 2023 y la sanción de la ley, además de establecer una convocatoria paritaria trimestral. La misma medida de aumento de valor impactaría en las becas.

Ahora el juez de primera instancia Martín Cormick, del Juzgado Contencioso Administrativo Federal II, decidió suspender provisoriamente la ejecución de las acciones que determinaba el fallo de segunda instancia, que proponía la implementación de la ley pese a las potenciales iniciativas judiciales del Gobierno nacional. Esta decisión será apelada por las autoridades universitarias el próximo lunes 27 de abril.

En simultáneo, la Cámara Contencioso Administrativo Federal Sala III -de segunda instancia- evalúa el recurso extraordinario federal interpuesto por el Ejecutivo, que busca frenar la implementación de la ley. En tal caso, la definición podrá ser elevada a la Corte Suprema. 

 

Convocan a una nueva Marcha Universitaria contra incumplimiento de la Ley de Financiamiento

El frente universitario nacional vuelve a unificar sus reclamos. El Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), en conjunto con la Federación Universitaria Argentina (FUA) y los gremios docentes y no docentes, convocó a una nueva Marcha Federal Universitaria para el próximo 12 de mayo. La movilización tendrá su epicentro en Plaza de Mayo y replicará el lema: "Marcha federal por la educación, la universidad pública y la ciencia nacional".

Esta cuarta edición de la protesta surge como respuesta directa a la negativa del Poder Ejecutivo de aplicar la Ley de Financiamiento Universitario (N° 27.795), sancionada por el Congreso en agosto de 2025 y ratificada en octubre tras el rechazo legislativo al veto presidencial.

El núcleo de la disputa: Salarios y Becas

El conflicto se centra en dos artículos fundamentales de la ley que el Gobierno se resiste a ejecutar, argumentando que su aplicación pondría en riesgo el equilibrio fiscal al no contar con partidas presupuestarias específicas asignadas:

  1. Artículo 5 (Actualización Salarial): Establece que el Ejecutivo debe actualizar los haberes de docentes y no docentes tomando como piso la inflación acumulada (IPC) desde diciembre de 2023 hasta la fecha de sanción.

  2. Artículo 6 (Becas Estudiantiles): Ordena la recomposición de los montos de las becas basándose también en la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor.

Desde el inicio del presente cuatrimestre, las facultades han sido escenario de diversas modalidades de protesta, desde clases públicas hasta el "paro a la japonesa" implementado por la Facultad de Odontología de la UBA, buscando visibilizar el deterioro del poder adquisitivo del personal académico.

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