El Gobierno Nacional de Javier Milei promulgó este lunes el nuevo Régimen Penal Juvenil, una reforma que establece la responsabilidad penal desde los 14 años y crea un sistema específico de sanciones para adolescentes que cometan delitos antes de los 18.
La normativa quedó oficializada con la publicación de la ley 27.801 en el Boletín Oficial, diez días después de haber sido aprobada por el Senado, donde el proyecto impulsado por el presidente obtuvo 44 votos a favor, 27 en contra y una abstención.
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Entre las principales modificaciones se destaca la baja en la edad de imputabilidad, acompañada por la creación de un nuevo régimen de penas graduadas. Este esquema contempla tanto la edad del menor como las particularidades del contexto en el que se cometió el delito.
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Edad de imputabilidad y penas
Según lo dispuesto, “el régimen de penas deberá orientarse siempre a la educación y resocialización, a fin de que el adolescente imputado obtenga un futuro con integración social y trabajo, comprensión y arrepentimiento por la conducta punible perpetrada. Además, deberá tender a disminuir el riesgo de que incurra en la comisión de nuevos delito”.
En este sentido, la ley deja en claro que la privación de la libertad será el último recurso a aplicar y por el tiempo más breve posible. De hecho, se encuentran prohibidas la aplicación de penas perpetuas o de carácter indefinido, así como la imposición de antecedentes penales permanentes.
“La medida que implique la restricción de la libertad durante el procedimiento deberá decretarse en auto motivado y fundamentarse en la existencia de riesgos procesales debidamente constatados”, establece la legislación.
El texto dispone que los menores detenidos no podrán permanecer alojados junto a personas adultas y que los institutos deberán contar con personal capacitado para el tratamiento de jóvenes en conflicto con la ley penal: “Producida la detención de un adolescente y en caso de que sea indispensable su encierro, su alojamiento deberá hacerse efectivo en dependencias acondicionadas especialmente para ese fin, bajo la dirección de personal idóneo para el trato con aquellos".
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Sistema de sanciones con medidas educativas
La ley introduce un esquema de sanciones que combina penas judiciales con medidas orientadas a la formación y la integración social.
Entre las herramientas previstas se incluyen programas educativos obligatorios, capacitación laboral, actividades deportivas, recreativas o culturales y cursos de formación ciudadana. También se contempla la posibilidad de tratamientos médicos o psicológicos y asistencia en servicios de salud acordes a la edad del adolescente.
Otra de las medidas previstas es la prestación de servicios comunitarios, que consiste en realizar tareas de interés social en hospitales, escuelas u organizaciones sin fines de lucro. La normativa también contempla mecanismos de reparación del daño causado a la víctima.
Derechos de las víctimas
La Ley 27801 reconoce de forma expresa los derechos de las víctimas y personas perjudicadas por hechos ilícitos cometidos por adolescentes. Así, el texto dispone que la tutela de los intereses de la víctima debe ser garantizada durante todo el proceso penal juvenil, asegurando la posibilidad de ser informada sobre el avance de la causa, de participar activamente en las etapas procesales y de acceder a mecanismos de reparación.
La normativa establece que las víctimas gozan de derechos y garantías procesales, incluyendo el derecho a ser escuchadas, a recibir información clara y oportuna sobre sus derechos y a solicitar medidas de protección. En los casos en que los adolescentes resulten responsables de daños, la ley habilita la exigencia de responsabilidad civil a los progenitores o responsables legales, quienes deberán responder patrimonialmente en los términos que fije la sentencia judicial.
Además, contempla instancias de conciliación o mediación, siempre que la víctima preste su consentimiento de manera libre e informada y que el tipo de delito lo permita. Estas alternativas buscan resolver conflictos de forma restaurativa y voluntaria, sin menoscabar los derechos de la persona perjudicada.
Supervisión y principios del sistema
El cumplimiento de las medidas o sanciones deberá ser supervisado por profesionales especializados designados por la Justicia, que tendrán la tarea de realizar seguimientos periódicos e informes sobre la situación personal, educativa y social del adolescente.
Entre los principios que rigen el nuevo régimen figuran el respeto por la dignidad del adolescente imputado, el derecho de defensa desde el inicio del proceso, el debido proceso legal y la reserva de identidad de los menores involucrados.