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Manuel Adorni confirmó la renovación de la suspensión de la pauta oficial por un año más

En línea con criterios de austeridad, el Ejecutivo prorroga la suspensión de campañas publicitarias hasta fines del próximo año.

Viernes, 27 de diciembre de 2024 a las 19 59

Por Ezequiel Bucetto

Viernes, 27 de diciembre de 2024 a las 19:59

El Gobierno de Milei prorrogó por un año la medida que suspende las campañas publicitarias institucionales no esenciales, según informó el vocero presidencial Manuel Adorni este viernes por la noche.

La medida, que ya estaba en vigor desde diciembre de 2023, busca seguir ajustando el gasto público en medio de la crisis económica.

El decreto especifica que las campañas que no sean imprescindibles serán suspendidas, mientras que se mantendrán aquellas que sean obligatorias por ley o que respondan a casos de urgencia.

La pauta oficial seguirá suspendida hasta diciembre de 2025: los detalles

La primera suspensión se publicó el 27 de diciembre de 2023 través del Decreto 89/2023 en el Boletín Oficial, el cual establecía que la suspensión sería por un año, comenzando desde la fecha de publicación.

Según se informó, aplicaría a las campañas institucionales de publicidad y comunicación que realice la administración central. El decreto especificaba que la medida no afectaría aquellas campañas obligatorias según la normativa vigente ni a las que se derivaran de situaciones de fuerza mayor o necesidades comunicacionales urgentes.

En caso de ser necesario, la suspensión podría extenderse más allá del año estipulado si la autoridad encargada lo consideraba pertinente.

Qué establece el Decreto

La normativa, que entró en vigencia a partir de la publicación en el Boletín Oficial, establece en el primer artículo la suspensión "por el plazo de un (1) año, contado a partir de la publicación del presente decreto, las campañas institucionales de publicidad y de comunicación con carácter oneroso que realice la Administración Central".

Así mismo, aclara que la autoridad de aplicación podrá, "por acto debidamente fundado y siempre que las circunstancias lo hagan oportuno", prorrogar la suspensión dispuesta en el presente decreto.

Por otro lado, exceptúa de la suspensión establecida a "los actos de publicidad oficial cuya obligatoriedad surja de la normativa vigente, así como a las campañas que resulten derivadas de casos de fuerza mayor o necesidades comunicacionales puntuales debidamente justificadas que pudieran sobrevenir".

Por último, instruye a la Secretaría de Comunicación y Prensa de la Presidencia de la Nación, a "dictar y/o modificar las normas que resulten necesarias para la implementación del presente decreto".

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