La Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal emitió un fallo donde revoca una decisión previa y, de esta manera, habilitó el camino para que continúe el trámite de un amparo colectivo sobre la actualización de los aranceles para prestaciones destinadas a personas con discapacidad.
La medida judicial fue iniciada por un grupo de afectados y cuestiona la Resolución Conjunta 8/2024 del Ministerio de Salud y la Agencia Nacional de Discapacidad, donde se estableció una suba del 1% solamente para las prestaciones del Sistema de Prestaciones Básicas. Esta decisión ocurre en un marco en el que la inflación a nivel interanual alcanzó el 291,43% y generó, según los demandantes, una pérdida real del 57,55% en el valor de los servicios.
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El fallo de la Cámara
La determinación de la Cámara reconoce que el aumento del 1% afecta de forma homogénea a las personas con discapacidad que son beneficiarias del sistema, sin importar su condición particular o su cobertura médica. Asimismo, los magistrados consideraron que existen "efectos comunes y una afectación homogénea derivada de la normativa estatal", por lo que el tratamiento como acción colectiva queda justificado.
"La representación colectiva no solo es viable, sino que constituye una herramienta esencial para superar las barreras estructurales que históricamente han impedido a este grupo defender efectivamente sus derechos", subrayó el tribunal.
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La importancia del fallo de la Cámara Contencioso Administrativo Federal
La importancia de este fallo judicial radica en que la Justicia explicó que una solución individual sería insuficiente por la naturaleza sistémica del problema. Por su parte, los demandantes remarcaron que en sentencias individuales, el derecho a una actualización mayor "resultaría casi ilusorio en la práctica, ya que las instituciones seguirían percibiendo aranceles desfinanciados para el resto de las personas con discapacidad".
En esa línea, la Cámara advirtió que esta situación podría afectar a quienes hubieran obtenido fallos favorables individuales y podría obligar a las instituciones "a operar en condiciones financieramente deficitarias, degradando la calidad de las prestaciones o directamente rechazando la continuidad del servicio".
La decisión de la Cámara marca un importante precedente en la defensa de los derechos de las personas con discapacidad y reafirma la viabilidad de las acciones colectivas como herramienta para proteger a grupos vulnerables al enfrentarse a medidas que afectan sus derechos fundamentales.
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Tras el fallo, el tribunal ordenó un pronunciamiento sobre la admisibilidad de la acción colectiva
El tribunal ordenó un nuevo pronunciamiento sobre la admisibilidad de la acción colectiva, previo requerimiento a los actores de las aclaraciones y precisiones que se estimen necesarias. También dispuso el sorteo de un nuevo magistrado con el objetivo de continuar con el proceso, ya que el juez interviniente ya emitió opinión sobre el asunto.
Las organizaciones de personas con discapacidad celebraron esta decisión como un paso crucial para garantizar la sostenibilidad del Sistema de Prestaciones Básicas, establecido por la Ley 24.901, lo que resulta fundamental para asegurar la atención integral de este colectivo.