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Elecciones en CABA 2025: cómo se usa la Boleta Única Electrónica

Los comicios de este domingo en CABA no serán con la tradicional boleta de papel. Las particularidades del sistema de votación y el paso a paso para sufragar.

Viernes, 16 de mayo de 2025 a las 10 32

Por Thomas Dos Reis

Viernes, 16 de mayo de 2025 a las 10:32

El próximo domingo 18 de Mayo se llevarán a cabo las elecciones legislativas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). Debido a esto, este jueves los candidatos realizaron el cierre de campaña.

La elección no incluyó la instancia de las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) porque se modificó en febrero y nuevamente se utilizará el sistema de Boleta Única Electrónica (BUE), lo que fomentará la rapidez para votar y para los resultados, los cuales podrán ser difundidos antes de las 21hs, tras la autorización del Tribunal Electoral porteño.

La veda electoral comenzó a las 8, exactamente 48 horas antes de la apertura de los comicios y se extiende hasta tres horas después del cierre.

Qué es la Boleta Única Electrónica

La Boleta Única Electrónica es un mecanismo de votación que integra elementos del sistema de boleta única en papel, con el agregado de tecnología a través de una máquina con pantalla táctil.

Este sistema permite que el votante visualice en una pantalla todas las categorías y cargos disponibles, seleccione sus preferencias y luego imprima una boleta donde el voto queda registrado.

Este formato incorpora un chip de almacenamiento en la boleta, además de la impresión del voto, para facilitar el recuento de los sufragios. Por ley, las máquinas no pueden conservar ningún tipo de registro de las elecciones realizadas: la única copia válida del voto es la que queda impresa y en el chip incorporado a la boleta, que será utilizada en el escrutinio.

Elecciones 2025 en CABA: ¿cómo se usa la Boleta Única Electrónica (BUE)?

La Boleta Única Electrónica es un mecanismo de votación que integra elementos del sistema de boleta única en papel, con el agregado de tecnología a través de una máquina con pantalla táctil.

Así, el procedimiento de votación en CABA consta de cinco pasos principales:

  1. El votante se presenta ante la autoridad de mesa y entrega su DNI. Recibe una boleta en blanco con dos troqueles. Uno queda en poder del presidente de mesa, el otro acompaña al votante.
  2. En la máquina, se introduce la boleta en la ranura superior y se elige a los candidatos en la pantalla táctil.
  3. Una vez realizada la selección, el votante confirma el voto tocando “Imprimir”. La máquina devuelve la boleta impresa con la selección efectuada.
  4. El votante verifica su voto (leyendo la impresión y/o usando el lector de chip), dobla la boleta, entrega el segundo troquel a la autoridad, quien coteja ambos troqueles para verificar la correspondencia de la boleta.
  5. El votante firma el padróndeposita la boleta doblada en la urna (no se utiliza sobre), recibe su DNI y constancia de voto.

Comenzó la veda electoral en CABA

La veda electoral comenzó a las 8, exactamente 48 horas antes de la apertura de los comicios y se extiende hasta tres horas después del cierre. En ese lapso, se prohíben las actividades y campañas que afecten a la elección en sí.

Durante la veda hay una serie de actividades prohibidas aplicables para las agrupaciones políticas, medios de comunicación, ciudadanos y actores institucionales. No se pueden hacer:

  • Actos públicos de campaña
  • Publicación o difusión de encuestas o sondeos preelectorales desde el inicio
  • Espectáculos públicos al aire libre o en lugares cerrados que no estén vinculados al proceso electoral.
  • Venta de bebidas alcohólicas durante un período específico.
  • Apertura de locales partidarios a más de 80 metros de las mesas de votación.
  • Reuniones de electores o depósito de armas en viviendas cercanas a los centros de votación.
  • Fotografiar a la Boleta Única Electrónica antes de votar.
  • Difusión de proyecciones de resultados hasta pasadas las tres horas de cierre de comicios.

¿Qué multas hay por violar la veda electoral en CABA?

El incumplimiento de las reglas establecidas por el Código Nacional Electoral indica que puede haber:

  • Multas económicas de entre $10.0000 y $100.000.
  • Penas de prisión de 15 días a 6 meses para quienes comercialicen bebidas alcohólicas durante el periodo prohibido.
  • 15 días de prisión para personas que porten armas o exhiban insignias partidarias.

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