El presidente Javier Milei no para de vetar leyes, y esta vez lo hizo con la norma que establecía la distribución de los Aportes del Tesoro Nacional (ATN) entre las provincias.
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Había sido aprobada por el Congreso con el apoyo de los bloques opositores, pero el Gobierno decidió bloquearla.
Este veto se suma a otros proyectos rechazados, como la Ley de Financiamiento Universitario y la Ley de Emergencia Pediátrica, que reflejan la postura de un Gobierno centrado en el ajuste fiscal.
El veto llegó justo después de la inauguración de la “Mesa Política Federal”, un espacio de diálogo creado para recomponer la relación con los gobernadores.
Milei sigue vetando leyes: ahora vetó la la distribución de ATN a las provincias
Los ATN son fondos administrados por el Ejecutivo para situaciones extraordinarias. Los gobernadores sostienen que el Gobierno retuvo estos fondos de forma indebida y reclamaron la creación de una ley para regular su distribución.
El veto de Milei ahora debe ser analizado por el Senado, que podrá insistir con la ley si consigue los dos tercios de los votos.
Si lo logra, el veto presidencial quedará sin efecto y la ley de reparto de los ATN se mantendrá.
Este mismo escenario ocurrió con la Ley de Emergencia en Discapacidad, también rechazada por el Gobierno pero posible de ser ratificada por el Congreso.
El veto de los ATN también se da luego de la reciente designación de Lisandro Catalán como ministro del Interior, con la misión de recomponer la relación con los gobernadores.
De todos modos, decisiones como estas del Ejecutivo siguen sembrando dudas sobre la real voluntad de diálogo.
Qué explica Milei en el vetó
El Gobierno cuestiona que el proyecto aprobado por el Congreso fijaba un esquema de reparto por vía coparticipable, lo cual “altera la finalidad legalmente asignada a los Fondos de Aportes del Tesoro Nacional”.
En esa línea, se sostiene que la norma quitaba al Poder Ejecutivo “una herramienta de acción inmediata frente a emergencias y desequilibrios financieros que requieren decisiones rápidas y acordes a su carácter imprevisto”.
El decreto agrega además que la pérdida de esa facultad “implica un menoscabo concreto de las facultades y recursos” del Estado.
Además, aclara que “el carácter no automático de tales fondos, lejos de constituir una discrecionalidad arbitraria, responde a la necesidad de contar con un mecanismo de asignación diferenciada frente a situaciones de crisis que no podrían ser adecuadamente atendidas por el régimen ordinario de coparticipación, el cual responde a parámetros de distribución estructurales y generales”.