El fiscal ante la Cámara Federal de Casación, Mario Villar, decidió retirar su solicitud para que la expresidenta Cristina Kirchner -que hace días se reunión con el mandatario de Brasil, Lula da Silva- cumpla en una cárcel la condena a seis años de prisión dictada por la Justicia en el marco de la causa Vialidad.
De esta forma, a diferencia de lo solicitado por los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola, Villar pidió que la ex mandataria siga con arresto domiciliario, pero que se evalúe un cambio de domicilio para este beneficio, en un escrito entregado de manera previa al inicio de una audiencia para debatir la cuestión.
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La audiencia comenzó poco después de las 12 ante los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, en el primer piso de los tribunales federales de Retiro. Allí también se analizarán las condiciones del arresto domiciliario que la exmandataria cumple en su departamento ubicado en San José 1111, en el barrio de Constitución.
En la audiencia, la defensa de Cristina Kirchner, representada por los abogados Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, cuestionó las restricciones impuestas por el Tribunal Oral Federal 2 (TOF2), que limitan las visitas en el domicilio a familiares, abogados y médicos, sin necesidad de autorización judicial previa.
Además, solicitaron la eliminación de la tobillera electrónica que monitorea el cumplimiento de la medida. Los defensores argumentaron que las limitaciones afectan el derecho de la expresidenta a mantener una vida familiar y social adecuada, y señalaron que Kirchner requiere reuniones frecuentes con contadores y apoderados para gestionar asuntos administrativos diarios.
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Un fiscal consideró que Cristina Kirchner debe seguir con prisión domiciliaria
En su presentación, el fiscal Villar observó que “en el momento actual, la condenada ya se encuentra gozando del beneficio de la prisión domiciliaria sin que hasta el momento se haya verificado incumplimiento alguno de las reglas de conducta impuestas (por lo menos el Tribunal no ha dado cuenta de ello)”.
En ese sentido, planteó que “por no haberse quebrantado las condiciones del beneficio, no parece pertinente retrotraer la situación de la ejecución de la pena a una más gravosa que la actual”.
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Además, consideró que la prisión domiciliaria no presupone una ausencia de los controles y supervisión necesarios para evaluar el comportamiento de la condenada, “en particular atendiendo a cumplir los fines de la ejecución de pena establecidos”.
“En lo que a una pretensión de mayor seguridad para la condenada respecta, es cierto que el domicilio actual no aporta mayores garantías (sobre todo si la condenada realiza numerosas salidas a su balcón que aun con derecho a hacerlo, incrementa el riesgo), pero también lo es que la sustitución de su domicilio particular por un establecimiento carcelario supondría un retroceso en la modalidad de ejecución, por lo que creo desaconsejable imponer en este momento un cambio que redunde en desmedro del desarrollo personal de la condenada y su proyecto de vida”, evaluó Villar.
Y completó: “Es por esto por lo que esta representación del Ministerio Público Fiscal no presenta oposición a que la pena se siga ejecutando en la modalidad de prisión domiciliaria siempre que la condenada se mantenga a derecho y, en especial, atendiendo a las reglas de conducta impuestas”.
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¿Cambio de domicilio?
En el documento, Villar sí planteó la necesidad de que se cambie el domicilio de la prisión, al coincidir con Mola y Luciani respecto que "la permanencia de la condenada en el domicilio indicado (San José 1111) ha significado una alteración de la paz pública y los derechos de los vecinos y supone, a su vez, una exposición a riesgos para su persona".
En ese marco, dijo que "es lógico disponer el cumplimiento de la condena en un domicilio distinto que limite o elimine tales perjuicios”. También solicitó que se mantenga la tobillera electrónica.