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Mientras las provincias padecen la falta de gas, el Gobierno desreguló el mercado de las garrafas

Si bien gran parte del país fue azotado por una ola de frío, el Ejecutivo avanza con su agenda de no intervención en los mercados.

Jueves, 03 de julio de 2025 a las 10 15

Por Thomas Dos Reis

Jueves, 03 de julio de 2025 a las 10:15

El Gobierno desreguló el mercado del gas licuado de petróleo (GLP) que llega a los hogares en garrafas. Esto surge en un contexto crítico para el país, marcado por una intensa ola polar que azota a varias provincias.

El nuevo marco elimina la intervención del Estado en decisiones vinculadas a precios, oferta y demanda, dejando estos aspectos en manos de los agentes privados del sector. También suprime la necesidad de autorizaciones previas para operar en la industria, sustituyéndolas por un sistema de declaración jurada con verificación posterior.

La medida se implementó a través del Decreto 446/2025, publicado este jueves en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Economía, Luis Caputo.

En agosto de 2024, se habían eliminado los "Precios Máximos de Referencia" para las etapas de fraccionamiento, distribución y venta al público de garrafas a fin de establecer únicamente "precios de referencia", sin un tope "que obstaculice la cobertura real de la variación experimentada en los costos".

 

Las garrafas ya no tienen precio límite: los argumentos del Gobierno

Con el argumento de reducir sobrecostos, duplicación de funciones y distorsiones, el Gobierno busca incentivar el crecimiento de la industria y garantizar un abastecimiento más económico para los consumidores. La intervención estatal se limitará a controlar condiciones de seguridad, normas técnicas y el cumplimiento de requisitos mínimos operativos.

En este sentido, la Autoridad de Aplicación ya no tendrá potestad para fijar precios o definir cupos, sino que podrá delegar funciones de fiscalización en organismos públicos o privados competentes y coordinar con provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Asimismo, el texto define que ya no será necesaria una autorización previa para operar como fraccionador, distribuidor o comercializador de GLP y bastará con presentar la documentación correspondiente y cumplir con lo previsto en la ley.

La verificación quedará a cargo de la autoridad competente, que tendrá un plazo de 10 días hábiles para responder; pasado ese plazo, el silencio se considerará positivo. En todos los casos, el decreto remarca que la intervención estatal debe limitarse a "resguardar la seguridad pública".

También se elimina la necesidad de autorización para importar gas licuado, y se libera la exportación, aunque se deberá garantizar antes el abastecimiento interno.

 

Cambios clave en el funcionamiento del mercado del GLP

Entre las modificaciones centrales del decreto se destacan:

  • Libre instalación y operación de plantas fraccionadoras sin necesidad de autorización previa.
  • Eliminación de exclusividades en los contratos entre fraccionadores y comercializadores.
  • Libre importación de GLP, con exportación autorizada automáticamente si no se objeta en un plazo de 7 días.
  • Canje de envases y uso común del parque de cilindros, gestionado de forma voluntaria por las empresas.
  • Simplificación de trámites: el “silencio positivo” se aplicará si la Autoridad de Aplicación no responde en 10 días hábiles ante solicitudes de inscripción o presentación de documentación.
  • Creación de registros digitales abiertos y gratuitos para operadores y centros de canje.

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