Con la resolución publicada en el Boletín Oficial bajo el número 3280/2025 por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), se eliminan varios de los trámites anteriormente exigidos para el ingreso de productos alimenticios desde el exterior. A partir de ahora, quienes deseen adquirir alimentos del extranjero para consumo propio deberán únicamente cumplir con los requisitos establecidos por las plataformas de compra, asumir los costos de envío y abonar los aranceles aduaneros correspondientes.
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La medida forma parte de un proceso más amplio de desregulación impulsado por el Ejecutivo, que apunta a reducir burocracia, facilitar importaciones y optimizar la gestión pública. En este marco, la ANMAT dejó sin efecto disposiciones anteriores que regulaban los procedimientos de importación y exportación de alimentos, incluyendo las normas N°14023/2016, N°1307/2017, N°10174/2017, N°10100/2017, N°10088/2017 y N°2953/2021.
¿Qué alimentos se podrán importar?
La normativa permite el ingreso de alimentos, bebidas, condimentos, materias primas, aditivos alimentarios, envases y materiales en contacto con alimentos, siempre que cumplan con los estándares establecidos en el Código Alimentario Argentino. Esto incluye también productos importados.
Una de las principales novedades es la autorización para ingresar alimentos con fines médicos específicos, también conocidos como de "uso compasivo", destinados a personas con condiciones de salud que requieren productos que no se consiguen fácilmente en el país, como papillas para enfermedades neurodegenerativas.
Además, la disposición establece que los alimentos provenientes de donaciones del exterior estarán exentos de tramitar la constancia de ingreso ante la ANMAT, con el objetivo de agilizar procesos y mejorar la eficiencia administrativa.
Requisitos para el ingreso de alimentos vía courier
Para importar alimentos bajo esta modalidad, se deberán cumplir las siguientes condiciones:
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Hasta tres unidades de un mismo tipo de alimento por envío.
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Cada paquete podrá tener un peso máximo de 50 kilos.
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El valor total de la compra no deberá superar los 3.000 dólares estadounidenses.
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Se permitirán hasta cinco envíos por persona durante el mismo año calendario.
Esta flexibilización representa un alivio significativo para quienes necesitan acceder a productos alimenticios específicos por cuestiones de salud o preferencias personales, promoviendo a su vez una mayor libertad de elección y dinamismo en las compras internacionales, pero también causa un daño significativo a las economías regionales. Al competir directamente con productos locales, muchas veces más caros por cuestiones de escala o logística, estas importaciones reducen la demanda de lo producido en la región. Como resultado, pequeños productores y agricultores locales ven caer sus ingresos, lo que lleva al cierre de explotaciones, pérdida de empleos y despoblamiento rural. Además, se debilita la soberanía alimentaria, se rompen cadenas productivas locales y se pierde diversidad cultural ligada a la alimentación. Apostar por la producción regional no solo fortalece la economía local, sino que también promueve sistemas más sostenibles y resilientes.